Iglesia colombiana sobre instrucción orientada a la protección de menores

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Publicada la Instrucción ‘sobre la confidencialidad de las causas’, en la que se  establece la eliminación del secreto pontificio de las denuncias, los procesos y las decisiones que afectan a los casos de abusos sexuales de menores, monseñor Elkin Álvarez Botero, Secretario General de la Conferencia Episcopal, señaló que la Iglesia colombiana “recibe con un corazón dispuesto estas medidas que nos ayudan al tratamiento de estos casos, sintiendo que estos delitos no pueden seguir sucediendo en la Iglesia, ni en ningún ámbito”.

En entrevista con medios de comunicación, el prelado se refirió a las medidas que contempla esta Instrucción.

Primero. Se considerará delito “la adquisición, posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de 18 años”. Hasta ahora, se consideraba delito de pornografía infantil la posesión de material pornográfico de menores de 14 años.

Segundo. Se elimina la obligación de que el abogado o procurador en los procesos canónicos sea un sacerdote. “No solo los sacerdotes con título en Derecho Canónico pueden acompañar los procesos contra sacerdotes que hayan abusado o que sean eventuales abusadores de menores, ahora también lo pueden hacer fieles laicos con título en Derecho Canónico”.

Tercero. Se levanta la obligación del ‘secreto pontificio’ para los procesos canónicos de abuso de menores de parte de sacerdotes o religiosos. “La Santa Sede ha adoptado esta decisión explicando que permite ampliar la perspectiva de colaboración con las autoridades civiles, entregando copias de la documentación, bajo las determinaciones de los organismos competentes del Estado”.

Además, se puede informar a las víctimas del curso del proceso y de las sentencias.  Esto no significa que la documentación sea absolutamente pública, pues “se debe garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de las personas involucradas en el proceso”.

Al respecto, Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, explicó, en una contribución distribuida por la Oficina de Prensa del Vaticano, que la eliminación del ‘secreto pontificio’ en los casos de delitos de abusos sexuales no supone un menoscabo al secreto de confesión.

“La Instrucción no tiene ningún tipo de colisión con el deber absoluto de observar el sello sacramental, que es una obligación impuesta al sacerdote en razón de la posición que ocupa en la administración del sacramento de la confesión, y de la cual ni siquiera el penitente podría liberarse. Ni siquiera la Instrucción tiene el deber de estricta reserva adquirida posiblemente fuera de la confesión, dentro de todo el fuero ‘extra sacramental’”, señaló.

Protección de menores en la Iglesia colombiana
Para favorecer un ambiente eclesial seguro para los menores de edad, monseñor Elkin Álvarez recordó que se ha venido estableciendo en las jurisdicciones eclesiásticas (arquidiócesis, diócesis y vicariatos apostólicos), unas medidas eficaces de prevención de eventuales casos de delito sexual.

Además, “las jurisdicciones eclesiásticas colombianas tienen un mecanismo estable para la recepción de denuncias de abusos de menores”.

La Conferencia Episcopal ha venido actualizando las directrices para el trato de los casos de eventuales abusos contra menores de parte de clérigos. Se han hecho avances en la misma línea de los recientes decretos presentados por el Papa Francisco. También se ha propiciado la cooperación con la Fiscalía General de la Nación a este respecto.

Fuente: cec.org.co

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